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La reforma mercantil temporal favorecerá a las inmobiliarias

diciembre 16, 2008

Fuente: Spanish Real Estate – 16/12/2008

Nada más aparecer en el BOE el real decreto que suspende temporalmente la obligatoriedad de disolver una compañía ante un acusado desequilibrio patrimonial, empresas, abogados y consultoras analizan sus efectos.

La primera impresión es que evitará la quiebra de inmobiliarias. Otra cosa es si ese efecto positivo se mantendrá en el tiempo o si, incluso, incrementará la insolvencia de algunas compañías.

La cuestión se centra en que en unos momentos de caída de precios que afecta principalmente a suelo y viviendas, la normativa contable exige recoger estas depreciaciones que disminuyen el valor del activo además de los resultados, mientras la deuda se mantiene constante. Si estas circunstancias llevaran a reducir el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social, las empresas vienen obligadas a aumentar o disminuir el capital social. El real decreto permite eludir la obligación de ampliar o reducir capital si dichas devaluaciones estrechan los márgenes de su patrimonio neto, que había obligación de hacer hasta ahora y que se podrá evitar hasta el año 2010.

Se trata de un balón de oxígeno con fecha de caducidad, dado que el ajuste de la legislación mercantil les da dos años para recomponer su equilibrio patrimonial.

De momento, la medida tiene un claro efecto positivo para las empresas que atraviesen por una delicada situación patrimonial, dado el comportamiento que está teniendo el mercado, aunque no faltan quienes consideran que esta medida es contraria a la reforma contable aprobada en 2007 y que aumentará la opacidad, beneficiando sólo a las grandes promotoras.

El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España sugiere que las auditorías señalen cuando una firma se ha visto beneficiada por este cambio transitorio para mantener la transparencia del mercado

Para Pedro Pérez, secretario general del G-14, el real decreto supone una medida excepcional para una situación excepcional. En definitiva, señala Pérez, el gobierno ha optado por este cambio legislativo para impedir que empresas que podían subsistir a pesar de la caída de los activos inmobiliarios entraran en concurso.

El Consejo de Ministros del viernes pasado introdujo un balón de oxígeno con fecha de caducidad que permite eludir la obligación de ampliar o disminuir capital cuando se estrechan los márgenes del patrimonio neto, consecuencia de la caída del precio de los activos inmobiliarios.